Consulte el PDF

La normativa del IRPF prevé una deducción en la declaración del IRPF para madres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena para la cual estén dadas de alta en la Seguridad Social, de hasta 1.200 euros por cada hijo menor de tres años. Está prevista la posibilidad de solicitar el abono anticipado de esta deducción.

 

Ahora, con efectos desde el 1 de enero de 2018, se incrementa el importe de la deducción hasta en 1.000 euros adicionales para casos en que se hayan satisfecho gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

 

Los requisitos para poder aplicar la deducción adicional de los 1.000 Euros en la declaración del IRPF de las madres con hijos menores de 3 años son los siguientes:

 

  • Que sean mujeres con hijos de 0 a 3 años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Que los pagos sean satisfechos a guarderías y centros de educación infantil autorizados.
  • Que los pagos se abonen por la inscripción y matrícula, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos.
  • Se considerará tanto el importe pagado por la madre como el satisfecho por el otro progenitor, adoptante, tutor o acogedor.
  • No se tendrán en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería o centro de educación infantil.

 

En conclusión, de cumplirse estos requisitos, la madre podrá aplicarse una deducción de 1.200 Euros + 1.000 Euros (2.200 Euros) de la cuota en su declaración del IRPF.

 

Las madres contribuyentes no tendrán que solicitar ningún certificado a Hacienda para realizar la declaración de la Renta 2018, simplemente, deberán cumplimentar las casillas correspondientes en su declaración. Es decir, que las madres lo único que tendrán que hacer será, cunado hagan la declaración del IRPF, informar de esta deducción.

 

Son los propios centros infantiles – NO LOS PROGENITORES- los que deben presentar en la Agencia Tributaria el modelo 233 (declaración informativa por gastos en guarderías o centro de educación infantil autorizados). Las guarderías o centros de educación infantil deberán informar a los padres sobre esta nueva deducción y tienen hasta el 15 de febrero de 2019 (por ser el primer año, disponen de 15 días más) para informar a Hacienda de los niños inscritos en sus centros en 2018. Los próximos años deberán hacerlo durante el mes de enero.

 

En el formulario, el centro proporcionará los datos necesarios como el NIF de los padres, los datos de los niños que cumplan hasta tres años en dicho ejercicio, los meses completos que han asistido al centro, los gastos anuales pagados y el importe subvencionado.