Con fecha 31 de marzo de 2020, la Dirección General de Trabajo ha emitido un oficio aclarando determinados aspectos que han planteado controversia, o diferentes interpretaciones, en relación con las medidas que pueden aplicarse durante el periodo de interrupción de actividades del 30 de marzo al 9 de abril.

 

Por considerar el referido oficio de general interés, publicamos el mismo.

 

Puede acceder a él en el siguiente enlace: http://www.escuraconsulting.com/wp-content/uploads/2020/05/Criterio-DGT-31-03-2020.pdf