Escur0 Consulting les informa mediante el presente flash informativo de la publicación en el BOE del Real Decreto 529/2017, de 26 de Mayo por el que se modifica el Reglamento de IVA añadiendo dos disposiciones transitorias a efectos del año 2017.
Las disposiciones transitorias que se añaden son la tercera y la cuarta disponiendo lo siguiente:
- Los sujetos pasivos que se encuentren inscritos en el registro de devolución mensual (REDEME), dispondrán de un plazo extraordinario, fijado hasta el día 15 de Junio de 2017 y con efectos 1 de Julio para darse de baja en el registro de devolución mensual a través del modelo 036.
- Los sujetos pasivos inscritos en el régimen especial de grupos de entidades durante el periodo 2017, dispondrán también del plazo extraordinario, fijado hasta el día 15 de Junio y con efectos 1 de Julio, para solicitar la baja en dicho registro mediante el modelo 039.
- Se establece la imposibilidad de opción de los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado de llevar los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT, con efectos 2017.
A través del siguiente link pueden consultar las disposiciones íntegras del Real Decreto 529/2017, de 26 de Mayo por el que se modifica el Reglamento de IVA:
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