El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha publicado el 25 de marzo de 2020, una nueva Resolución de 23 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

 

La Resolución flexibiliza los criterios de titulación o experiencia previa para poder trabajar en los centros y servicios sociales o asistenciales.

 

Básicamente permite contratar a trabajadores que no reúnan los requisitos de titulación o experiencia previa ante la situación de pandemia derivada del COVID-19.

 

En primer lugar, permite que cuando se acredite la no existencia de demandantes de empleo con las titulaciones especificas necesarias en la zona donde esté ubicado el centro o servicio (o donde se preste el servicio de asistencia a domicilio), podrán desempeñar estas funciones personas que tengan alguna de las titulaciones exigidas para cualquiera de ellas.

 

En segundo lugar, si tampoco hubiera disponibilidad de demandantes de empleo con ninguna de las titulaciones antes señaladas, podrán desempeñar estas funciones personas que, careciendo de titulación, preferentemente, tengan experiencia en cuidado y atención de personas dependientes, debiendo las entidades prestadoras de servicios garantizar la supervisión y formación práctica en el puesto de trabajo para mejorar sus competencias profesionales.

 

Consulte el texto completo de la Resolución en:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4031