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El 30 de mayo ha sido publicada la Orden SND 458/20 por el que regulan las condiciones socio sanitarias en aplicación de la fase 3.

 

En ordenes anteriores, 399/2020, 414/2020 y 442/ 2020, (puede consultarlas en nuestro blog) se regulaban las condiciones socio sanitarias en las Fases 1 y 2.

 

Puede consultar la indicada orden en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/30/pdfs/BOE-A-2020-5469.pdf

 

En la Orden se fijan los criterios y reglas en relación con:

 

  • Medidas de higiene y prevención
  • Flexibilización de medidas de carácter social
  • Condiciones para el desarrollo de la actividad en establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados
  • Condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración
  • Condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos
  • Medidas de flexibilización en el ámbito de la cultura
  • Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva
  • Condiciones para la reapertura de los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios
  • Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos
  • Condiciones para la reapertura de los establecimientos y locales de juego y apuestas
  • Condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil
  • Condiciones para el desarrollo de actividades en la naturaleza
  • Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos

 

Para la consulta del estado en que se encuentra cada territorio, puede acceder a:

https://www.lamoncloa.gob.es/covid-19/Paginas/mapa-fases-desescalada.aspx